Artículo 3004 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesion testamentaria y a la legitima · Capitulo V. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El albacea no puede dar en arrendamiento los bienes que el testador no hubiere destinado para arrendarlos, ni en menor renta, ni a plazo mayor de dos años sin el consentimiento de los herederos.