Artículo 3045 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesion testamentaria y a la legitima · Capitulo VI. Del inventario y de la liquidacion de la herencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los acreedores, cuando no haya concurso, serán pagados en el orden en que se presenten; pero si entre los no presentados hubiere algunos preferentes, se exigirá a los que fueren pagados la caución de acreedor de mejor derecho.