CCTLAX · Art. 924

Artículo 924 del Código Civil de Tlaxcala

Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo quinto · Capitulo II. Del regimen de propiedad en condominio · Seccion primera. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024

La escritura pública deberá contener:

a).- Los datos relativos a la situación, dimensiones y linderos del terreno, así como una descripción general del edificio o del proyecto del mismo;

b).- La descripción de cada piso, departamento, vivienda o local, su número, situación, medidas, piezas de que consta y demás datos necesarios para su identificación;

c).- El valor total del inmueble, el valor de cada piso, departamento, vivienda o local y el porcentaje que representa este último valor en relación al primero;

d).- El destino general del edificio y el especial de cada piso, departamento, vivienda o local;

e).- Los datos relativos a la situación, destino y demás características de los bienes comunes;

f).- El Reglamento de Condominio y Administración;

g).- Como apéndice, el plano general y los planos correspondientes a cada uno de los pisos, departamentos, viviendas o locales y a los elementos comunes de que consta el edificio, así como copia certificada de las licencias de construcción otorgadas por las autoridades correspondientes.

Leer de corridodentro de Capitulo II. Del regimen de propiedad en condominio

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
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Transitorios (35 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 924, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 18 jun 2024. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-924/

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