CPTLAX · Art. 166

Artículo 166 del Código Penal de Tlaxcala

Libro segundo. De los delitos · Título segundo. Delitos por hechos de corrupción · Capítulo XI. Concusión

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026

Comete el delito de concusión el servidor público que con tal carácter exija por sí o por interpósita persona a título de impuesto o contribución, derecho y cooperación, recargo, renta, rédito, salario o emolumento, dinero, valores, servicios o cualquier otra cosa no debida o en mayor cantidad de la que señala la ley.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)

Al que cometa el delito de concusión se le impondrán las siguientes sanciones:

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

I.Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente no exceda del equivalente de quinientas días de Unidades de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión y multa de treinta a cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

II.Cuando la cantidad o el valor de lo exigido indebidamente exceda de quinientas días de Unidades de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a doce años de prisión y multa de cien a ciento cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

Leer de corridodentro de Título segundo. Delitos por hechos de corrupción

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
9e394b284cbc…
Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.
  • 156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.
  • 49 párrafos cortados por el salto de página se unen.
  • 18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.
  • 100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).
  • 130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.
  • número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'
  • Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.
  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (40 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 166, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-166/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.