Artículo 205 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título cuarto. Delitos contra la adecuada impartición, procuración y administración de justicia cometidos por servidores públicos · Capítulo VIII. Quebrantamiento de penas no privativas de la libertad y medidas de seguridad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
Al sentenciado a confinamiento que salga del lugar que se haya fijado para su residencia antes de extinguirla, se le impondrá prisión por el tiempo que le falte para extinguir el confinamiento.