CPTLAX · Art. 348

Artículo 348 del Código Penal de Tlaxcala

Libro segundo. De los delitos · Título décimo quinto. Delitos contra el patrimonio · Capítulo X. Daños

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026

A quien destruya o deteriore una cosa ajena o una propia en perjuicio de otro, se le impondrán las siguientes penas:

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

I.Multa de dieciocho a ciento cuarenta y cuatro días de salario, cuando el valor de los daños no exceda de cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización;

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

II.Prisión de seis meses a tres años y multa de treinta y seis a doscientas dieciséis días de salario, cuando el valor de los daños exceda de cincuenta, pero no de quinientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización;

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

III.Prisión de tres a seis años y multa de doscientas dieciséis a cuatrocientas treinta y dos días de salario, cuando el valor de los daños exceda de quinientas, pero no de cinco mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, y

(REFORMADA, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

IV.Prisión de seis a doce años y multa de cuatrocientas treinta y dos a ochocientas sesenta y cuatro días de salario, si el valor de los daños excede de cinco mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

(REFORMADO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

Para estimar la cuantía de los daños se atenderá al valor comercial de la cosa dañada, al momento de producirse el hecho, pero si por alguna circunstancia no fuera estimable en dinero o si por su naturaleza no fuera posible fijar su valor, se aplicarán de seis meses a cinco años de prisión y multa de treinta y seis a trescientas sesenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

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(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
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Transitorios (40 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 348, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-348/

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