Artículo 423 del Código Penal de Tlaxcala
Libro segundo. De los delitos · Título vigésimo sexto. De los delitos contra el medio ambiente · Capítulo único. Delitos contra el ambiente
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
En caso de concurso de delitos, en lo referente a la reparación del daño, tiene preferencia la derivada del delito ambiental, sobre el daño patrimonial, con excepción de la reparación del daño a la salud, a la vida o a la integridad de las personas.