Artículo 87 del Código Penal de Tlaxcala
Punibilidad del delito continuado
Libro primero. Disposiciones generales · Título sexto. Aplicación de penas y medidas de seguridad · Capítulo V. Punibilidad en el caso de concurso de delitos y delito continuado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026
En caso de delito continuado, se aumentarán en una mitad las penas que la ley prevea para el delito cometido.