Artículo 14 del Código Civil de Yucatán
Libro primero. De las personas · Título primero. De la capacidad y del domicilio · Capítulo I. De la Capacidad Jurídica
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Son personas físicas los individuos de la especie humana, desde que nacen hasta que mueren.