Artículo 2122 del Código Civil de Yucatán
Libro tercero. De las obligaciones · Título sexto. De las diversas especies de contratos · Capítulo XVI. De las transacciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el 7 de junio de 2022
Podrá haber transacción sobre las cantidades que sean ya debidas por alimentos, sujetándose a la aprobación judicial.