Artículo 135 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo primero. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Se declara de utilidad pública, la adquisición que hagan el Estado o los Municipios, de terrenos apropiados para la constitución del patrimonio de la familia o para que se construyan casas habitaciones para familias pobres y para los demás fines previstos por la Ley de Expropiación para el Estado de Zacatecas, debiéndose observar en estos últimos casos las disposiciones de dicho ordenamiento.