Artículo 1388 del Código Civil de Zacatecas
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general disposiciones generales · Título cuarto. Efectos de las obligaciones efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capítulo primero. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El pago hecho a una persona incapacitada para administrar sus bienes, será válido en cuanto se hubiere convertido en su utilidad.
También será válido el pago hecho a un tercero en cuanto se hubiere convertido en utilidad del acreedor.