CCZAC · Art. 154

Artículo 154 del Código Civil de Zacatecas

Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título cuarto. De la propiedad · Capítulo segundo. Medios de adquirir la propiedad

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026

Se reconocen como medios de adquirir la propiedad los siguientes:

I.La ocupación en sus distintas formas; por la caza y la pesca, apropiación de otros animales, descubrimientos de tesoros y captación de aguas.

Por ocupación se entiende la toma de posesión permanente de los bienes muebles sin dueño o cuya legítima propiedad se ignore, con el ánimo de adueñarse de ellos;

II.La accesión y apropiación de frutos y productos;

III.La prescripción positiva o adquisitiva;

IV.La adjudicación;

V.La herencia;

VI.El contrato; y

VII.La ley.

Leer de corridodentro de Capítulo segundo. Medios de adquirir la propiedad

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(Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas)
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Cómo citar

Artículo 154, Código Civil de Zacatecas (Zacatecas). Texto vigente, última reforma 18 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-civil/articulo-154/

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