Artículo 527 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento - de los testamentos en general (sic) · Capítulo tercero. De la capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de heredar por testamento aquéllas personas que hayan asistido médicamente a aquél durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria; así como el cónyuge, ascendientes, descendientes, y hermanos de aquéllas a no ser que los herederos instituidos sean también herederos legítimos.