Artículo 322 del Código Penal de Zacatecas
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo octavo. Delitos contra el patrimonio · Capítulo I. Robo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 16 de septiembre de 2026
Se considerará como robo calificado y se impondrán las sanciones a que se refieren los dos artículos anteriores, al que se apodere en el campo de algún instrumento rural o máquina de labranza, o de frutos cosechados o por cosechar, o lo consume en un apiario o cualquier otra industria rural.