Artículo 337 del Código Penal de Zacatecas
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo octavo. Delitos contra el patrimonio · Capítulo III. Abuso de confianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 16 de septiembre de 2026
Se aplicarán las mismas sanciones del abuso de confianza a quien requerido formalmente retenga la cosa que estuviere obligado a entregar si la hubiere recibido con el carácter de depositario designado por autoridad judicial, administrativa o del trabajo, por un título gratuito o precario que produzca la obligación de entregar o devolver, o cuando la cosa debe entregarse a resultas de una resolución firme de autoridad competente.
Artículo reformado POG 31 de agosto de 2019 (Decreto 159)