Artículo 356 del Código Penal de Zacatecas
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo noveno. Delitos contra la economía pública y contra el trabajo y la previsión social · Capítulo II. Delitos contra el trabajo y la previsión social
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 16 de septiembre de 2026
Se impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de cinco a veinte cuotas, independientemente de las sanciones que corresponda imponer por otra u otras disposiciones de este Código o de otra ley aplicable, al patrón que dolosamente, para eludir el pago de obligaciones legítimas, burlando a sus acreedores y queriendo aprovechar en su favor los privilegios que la ley reconoce a los créditos en favor de los trabajadores, simule créditos o cualquier otra obligación por supuestas responsabilidades provenientes de la relación laboral o del contrato del trabajo.
Párrafo reformado POG 30 de diciembre de 1989 (Decreto 83)
Cuando el responsable fuere una persona moral, se observará lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 355.