LA · Art. 189

Artículo 189 de la Ley Agraria

Titulo decimo. De la justicia agraria · Capítulo III. Del Juicio Agrario

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Las sentencias de los tribunales agrarios se dictarán a verdad sabida sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de las pruebas, sino apreciando los hechos y los documentos según los tribunales lo estimaren debido en conciencia, fundando y motivando sus resoluciones.

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Artículo 189, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-189/

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