LAmp · Art. 187

Artículo 187 de la Ley de Amparo

Segunda Parte. En Materia Penal · CAPÍTULO II. El Amparo Directo · Sección Tercera. Substanciación

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de octubre de 2025

Si no fuera aprobado el proyecto, pero el magistrado o magistrada ponente aceptare las adiciones o reformas propuestas en la sesión, procederá a redactar la sentencia con base en los términos de la discusión.

Si el voto de la mayoría de los magistrados o magistradas fuera en sentido distinto al del proyecto, uno de ellos o ellas redactará la sentencia.

En ambos casos el plazo para redactar la sentencia será de diez días, debiendo quedar en autos constancia del proyecto original.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
bdca96c29633…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 13-03-2025
  • Párrafo reformado DOF 13-03-2025

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»

Transitorios (12 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 187, Ley de Amparo. Texto vigente, última reforma DOF 16 oct 2025. https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-187/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.