Artículo 46 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Título sexto. De las responsabilidades y sanciones · Capítulo I. De la denuncia popular
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de junio de 2024
Los procedimientos se regirán conforme a los principios de inmediatez, concentración y rapidez, y se procurará, en la medida de lo posible, el contacto directo con quejosos, denunciantes y autoridades para evitar la dilación de las comunicaciones escritas.