Artículo 1 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
La presente Ley tiene por objeto la protección y defensa de los derechos e intereses del público usuario de los servicios financieros, que prestan las instituciones públicas, privadas y del sector social debidamente autorizadas, así como regular la organización, procedimientos y funcionamiento de la entidad pública encargada de dichas funciones.