Artículo 35 de la Ley de Vivienda
Título tercero. Del sistema nacional de vivienda · Capítulo V. De la Comisión Intersecretarial de Vivienda
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026
Los acuerdos de la Comisión Intersecretarial serán obligatorios para las dependencias que la integran y se ejecutarán de conformidad con las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás disposiciones aplicables. Asimismo, en su carácter de coordinadoras de sector, deberán promover la participación de las entidades que les estén agrupadas para el cumplimiento de los mismos.