LViv · Art. 35

Artículo 35 de la Ley de Vivienda

Título tercero. Del sistema nacional de vivienda · Capítulo V. De la Comisión Intersecretarial de Vivienda

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026

Los acuerdos de la Comisión Intersecretarial serán obligatorios para las dependencias que la integran y se ejecutarán de conformidad con las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás disposiciones aplicables. Asimismo, en su carácter de coordinadoras de sector, deberán promover la participación de las entidades que les estén agrupadas para el cumplimiento de los mismos.

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Cómo citar

Artículo 35, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-35/

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