LViv · Art. 59

Artículo 59 de la Ley de Vivienda

Título cuarto. Del financiamiento para la vivienda · Capítulo III. Del Ahorro para la Vivienda

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 29 de abril de 2026

Para el otorgamiento del financiamiento destinado a los distintos tipos, modalidades y necesidades de vivienda, se fomentarán programas que incorporen el ahorro previo de los beneficiarios, aprovechando a las instituciones de crédito y a las instancias de captación de ahorro popular, particularmente las entidades de ahorro y crédito popular autorizadas por las leyes aplicables en la materia.

Para tales efectos, el Ejecutivo Federal concertará con las instituciones del sector financiero, las facilidades y estímulos para implementar los programas de ahorro, enganches y financiamiento para la adquisición de vivienda.

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Cómo citar

Artículo 59, Ley de Vivienda. Texto vigente, última reforma DOF 29 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-de-vivienda/articulo-59/

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