LIVA · Art. 39

Artículo 39 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Capitulo VIII. De las facultades de las autoridades

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021

Al importe de la determinación presuntiva del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, se aplicará la tasa del impuesto que corresponda conforme a la misma, y el resultado se reducirá con las cantidades acreditables que se comprueben.

Leer de corridodentro de Capitulo VIII. De las facultades de las autoridades

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
8c517be03c6a…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 30-12-1980, 31-12-1981,

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (53 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 39, Ley del Impuesto al Valor Agregado. Texto vigente, última reforma DOF 12 nov 2021. https://articuladomx.com/ley-del-impuesto-al-valor-agregado/articulo-39/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.