Artículo 221 de la Ley del Seguro Social
TITULO SEGUNDO. DEL REGIMEN OBLIGATORIO · CAPITULO VIII. DE LA CONTINUACION VOLUNTARIA EN EL REGIMEN OBLIGATORIO
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
La conservación de derechos se rige por lo establecido en los capítulos relativos del régimen obligatorio.