Artículo 14 Bis de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo I. De la Secretaría de Gobernación · Sección Primera. Servicios Migratorios
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización de visas por unidad familiar u oferta de empleo, que se tramiten ante el Instituto Nacional de Migración, se pagará el derecho conforme a la cuota de $247.96