Artículo 172-I de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VIII. De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes · Sección Novena. Otros Servicios
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I.- Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:
a).- Por la expedición del título $3,632.45
b).- Por la reposición del título $2,594.54
II.- Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:
a).- Por la expedición del título: | Hasta 100 kilómetros | De más de 100 a 500 kilómetros | De más de 500 kilómetros
1.- Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal ............................. | $1,297.12 | $1,816.01 | $2,335.04
2.- Particulares exclusivamente ................ | $5,708.23 | $10,897.83 | $16,087.47
III.- Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos $3,113.42
IV.- Por prórroga de la vigencia $3,632.45