LFD · Art. 232-D-1

Artículo 232-D-1 de la Ley Federal de Derechos

Titulo segundo. De los Derechos por el Uso o Aprovechamiento de Bienes del Dominio Público · Capitulo IX. Uso o Goce de Inmuebles

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025

Están obligadas a pagar el derecho por extracción de materiales pétreos, las personas físicas y morales que los extraigan de las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar o de cualquier otro depósito de aguas marítimas, así como del lecho marino, conforme a la cuota que resulte por metro cúbico:

Material | $/M3

Grava $23.31

Arena $23.31

Arcillas y limos $16.93

Materiales en greña $18.26

Piedra bola $20.14

Otros $6.99

El derecho se pagará por ejercicios fiscales mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio fiscal.

A cuenta del derecho, se realizarán pagos provisionales mensuales, mediante declaración que se presentará en las oficinas autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los diez días previos al mes en el que se efectúe la extracción, considerando el volumen de material que se tenga programado extraer durante ese periodo.

Al monto total del derecho que resulte por el ejercicio de que se trate en los términos de este artículo, se le restará el monto total de los pagos provisionales enterados durante el ejercicio. La diferencia que resulte a su cargo se enterará conjuntamente con la declaración anual del derecho del mismo ejercicio. Cuando resulte saldo a favor, dicho saldo podrá compensarse contra los pagos provisionales del derecho que resulte a su cargo en el ejercicio siguiente, posteriores a la presentación de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.

Las personas físicas y morales que extraigan materiales pétreos, estarán obligados a llevar un registro diario de los volúmenes extraídos en el formato que para tal efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria. Dicho registro deberá conservarse en términos de lo establecido en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.

Los ingresos recaudados por este derecho se destinarán a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para los programas de censo, delimitación, mesas de regularización y rezago histórico en el otorgamiento de concesiones de la zona federal marítimo terrestre.

No se pagará el derecho a que se refiere este artículo por obras de dragado y mantenimiento de puertos.

Leer de corridodentro de Capitulo IX. Uso o Goce de Inmuebles

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
3c2e6bde9f79…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 31-12-2003
  • Artículo adicionado DOF 30-12-2002

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • carácter de fuente Symbol restituido (γ) en: «γ : Porcentaje de los costos de agotamiento y degradación ambiental respecto al …»
  • carácter de fuente Symbol restituido (δ) en: «δ: Tasa social de descuento vigente al treinta y uno de diciembre del ejercicio …»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «Uc+Rxy+Ex+Ev+ΔV…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «ΔV= Volumen anual de variación del almacenamiento en embalses.…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Δ) en: «Las variables que integran la fórmula prevista en esta fracción, salvo Ev (volum…»
  • carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Qt = ΣQi hasta Qn, en litros por segundo.…»
  • Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-07; index.htm dice 2025-12-28, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Resolución Miscelánea Fiscal DOF 28-12-2025» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).
  • Artículo 63: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 172-I: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 194-D: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 194-H: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 199-A: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 223: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 223 Bis: la fuente contiene 7 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.
  • Artículo 223 Bis: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 231: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 232-C: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 232-D-1: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-A: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-C: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-D: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-E: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-E-1: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-F: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-G: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-H: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-I: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 244-J: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 263: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 277-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 278: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 278-B: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 279: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 282: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 289: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 290: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».

Transitorios (95 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 232-D-1, Ley Federal de Derechos. Texto vigente, última reforma DOF 7 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-derechos/articulo-232-d-1/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.