Artículo 30-A de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo III. De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público · Sección Primera. Inspección y Vigilancia
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por el servicio de autorización de agentes de seguros que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:
I.- Por la autorización provisional proporcionada a agentes de seguros personas físicas $3,090.67
II.- Por la autorización definitiva a agentes de seguros personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años $4,860.83
III.Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas físicas $2,543.16
IV.- Por la autorización a agentes de seguros personas morales $15,455.73
V.- Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de seguros persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de seguros $4,860.83
VI.- Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción anterior $2,543.16
VII.Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de seguros $238.43
VIII.Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $1,110.17
IX.Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de seguros persona física o apoderado de agente de seguros persona moral $573.43