Artículo 7 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
Titulo primero
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
Al crearse categorías o cargos no comprendidos en el Artículo 5o., la clasificación de base o de confianza que les corresponda se determinará expresamente por la disposición legal que formalice su creación.