Artículo 112 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título segundo. De las Invenciones, Modelos de Utilidad, Diseños Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados · Capítulo VI. De la Tramitación de Patentes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
El Instituto no estará obligado a evaluar el cumplimiento de cualquier otro requisito establecido en esta Ley, incluyendo el estudio del estado de la técnica, cuando el impedimento al que se refiere su artículo 111, verse sobre:
I.- Defectos que no permitan comprender total o parcialmente la materia de la solicitud;
II.- Materia que no se considere una invención;
III.- Materia que no puede ser objeto de una patente, o
IV.- La ausencia de aplicación industrial.