LFPPI · Art. 9

Artículo 9 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Título primero. Disposiciones Generales · Capítulo I. Disposiciones Preliminares

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026

La persona Titular de la Dirección General podrá delegar las facultades a que se refiere el artículo 5 de esta Ley, así como las demás que considere convenientes para el logro de los objetivos y metas institucionales, en personas servidoras públicas subalternas, en los términos que se establezcan en los Acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno y publicados en el Diario Oficial.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 03-04-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 9, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-9/

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