Artículo 109 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo XIII. Procedimientos · Sección Primera. Disposiciones Comunes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
Para acreditar la personalidad en los trámites ante la Procuraduría, tratándose de personas físicas bastará carta-poder firmada ante dos testigos, en el caso de personas morales se requerirá poder notarial.