LFPC · Art. 118

Artículo 118 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Capítulo XIII. Procedimientos · Sección Tercera. Procedimiento arbitral

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025

La designación de árbitro se hará constar mediante acta ante la Procuraduría, en la que se señalarán claramente los puntos esenciales de la controversia y si el arbitraje es en estricto derecho o en amigable composición.

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Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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  • Fecha de última reforma: el documento dice 2025-12-12, index.htm dice 2025-12-23.

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Cómo citar

Artículo 118, Ley Federal de Protección al Consumidor. Texto vigente, última reforma DOF 12 dic 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-118/

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