Artículo 52 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo V. De las ventas a domicilio o fuera del establecimiento mercantil, mediatas o indirectas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
Las ventas a que se refiere este capítulo deberán constar por escrito que deberá contener:
I.El nombre y dirección del proveedor e identificación de la operación y de los bienes y servicios de que se trate; y
II.Garantías y requisitos señalados por esta ley.
El proveedor está obligado a entregar al consumidor una copia del documento respectivo.