Artículo 77 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Capítulo IX. De las garantías
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 12 de diciembre de 2025
Todo bien o servicio que se ofrezca con garantía deberá sujetarse a lo dispuesto por esta ley y a lo pactado entre proveedor y consumidor.
Para los efectos del párrafo anterior la garantía no podrá ser inferior a noventa días contados a partir de la entrega del bien o la prestación del servicio.