LFPDPPP · Art. 46

Artículo 46 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Capítulo VIII. Del Procedimiento de Protección de Derechos

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

Las resoluciones de la Secretaría podrán:

I.Sobreseer o desechar la solicitud de protección de datos por improcedente;

II.Confirmar, revocar o modificar la respuesta del responsable, o

III.Ordenar la entrega de los datos personales, en caso de omisión del responsable.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
e04424415986…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (2 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 46, Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-de-datos-personales-en-posesion-de-los-particulares/articulo-46/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.