Artículo 182 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEXTO. Trabajos Especiales · CAPITULO II. Trabajadores de confianza
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Las condiciones de trabajo de los trabajadores de confianza serán proporcionadas a la naturaleza e importancia de los servicios que presten y no podrán ser inferiores a las que rijan para trabajos semejantes dentro de la empresa o establecimiento.