Artículo 279 Bis de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEXTO. Trabajos Especiales · CAPITULO VIII. Personas Trabajadoras del Campo
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Persona trabajadora del campo es aquella contratada por tiempo indeterminado, o la prestación de sus servicios es de forma continua.