Artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO TERCERO. Condiciones de Trabajo · CAPITULO III. Días de descanso
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro.