Laboral
Trabajé en mi día de descanso o en domingo
La ley fija al menos un día de descanso con goce de salario por cada seis de trabajo, una prima por laborar en domingo y un pago adicional por trabajar el día de descanso.
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Artículo 69 · Ley Federal del Trabajo
Establece el día de descanso semanal con goce de salario.
Por cada seis días de trabajo se deberá otorgar, por lo menos, un día de descanso con goce de salario íntegro.
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Artículo 73 · Ley Federal del Trabajo
Regula el pago cuando se trabaja en el día de descanso semanal.
Los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.
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Artículo 71 · Ley Federal del Trabajo
Fija la prima dominical mínima por trabajar en domingo.
Las personas que laboren en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
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Artículo 123 · Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Establece en la Constitución (apartado A, fracción IV) el descanso semanal.
Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro.
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Artículo 784 · Ley Federal del Trabajo
Pone a cargo del patrón probar el pago de la prima dominical si hay controversia.
Pago de las primas dominical, vacacional y de antigüedad;
Las notas describen qué regula cada artículo; no son una respuesta para tu caso. Las citas se comprobaron contra el texto vigente el 07/10/2026.