Artículo 11 de la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Capítulo II. De la Competencia · Sección Primera. Del Consejo Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 26 de enero de 2024
La Presidencia del Consejo durará en el encargo tres años y será designada por el voto secreto de las dos terceras partes de sus integrantes. La persona que ocupe la Presidencia podrá reelegirse hasta por un periodo igual.