Artículo 106 de la Ley General de Población
Capitulo VII. Registro Nacional de Ciudadanos y Cédula de Identidad Ciudadana
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
Ninguna persona podrá ser sancionada por la no portación de la Cédula de Identificación Ciudadana.