Artículo 107 de la Ley General de Población
Capitulo VII. Registro Nacional de Ciudadanos y Cédula de Identidad Ciudadana
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
La Cédula de Identidad Ciudadana contendrá cuando menos los siguientes datos y elementos de identificación:
I.Apellido paterno, apellido materno y nombre (s);
II.Clave Unica de Registro de Población;
III.Fotografía del titular;
IV.Lugar de nacimiento;
V.Fecha de nacimiento; y
VI.Firma y huella dactilar.