Artículo 165 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título octavo. De los procedimientos de impugnación · Capítulo II. Del Recurso de Inconformidad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
El recurso de inconformidad debe contener:
I.El sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud;
II.El número de la resolución del recurso de revisión de la resolución impugnada;
III.La Autoridad garante local que emitió la resolución que se impugna;
IV.El nombre del inconforme y, en su caso, de la persona tercera interesada, así como las correspondientes direcciones o medios para recibir notificaciones;
V.La fecha en que fue notificada la resolución impugnada;
VI.El acto que se recurre;
VII.Las razones o motivos de la inconformidad, y
VIII.La copia de la resolución que se impugna y, en su caso, de la notificación correspondiente.
El recurrente podrá anexar las pruebas y demás elementos que considere procedentes someter a consideración de la Autoridad garante.