Artículo 166 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Título octavo. De los procedimientos de impugnación · Capítulo II. Del Recurso de Inconformidad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025
Una vez que la Autoridad garante federal reciba el recurso de inconformidad examinará su procedencia y, en su caso, requerirá los elementos que considere necesarios a la Autoridad garante local responsable.