Artículo 96 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Título quinto. Del desarrollo de las instituciones de seguridad pública y sus integrantes · Capítulo V. Perfiles y requisitos para formar parte de las Instituciones Policiales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 16 de julio de 2025
Las instancias responsables del Servicio Profesional de Carrera de las Instituciones Policiales fomentarán la vocación de servicio mediante la promoción y reconocimiento para satisfacer las expectativas de desarrollo profesional de sus integrantes.