LGISMH · Art. 32

Artículo 32 de la Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Título IV · Capítulo primero. De los objetivos y acciones de la política nacional de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

La Política Nacional a que se refiere el Título III de la presente Ley, definida en el Programa Nacional y encauzada a través del Sistema Nacional, deberá desarrollar acciones interrelacionadas para alcanzar los objetivos que deben marcar el rumbo de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, conforme a los objetivos operativos y acciones específicas a que se refiere este Título.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 15-01-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 32, Ley General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-para-la-igualdad-entre-mujeres-y-hombres/articulo-32/

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