LGPSEDMTP · Art. 84

Artículo 84 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas

Libro segundo. De la política de estado · Título primero. De la comisión intersecretarial y el programa nacional · Capítulo I. De la Comisión intersecretarial

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025

El Gobierno Federal, conforme al Artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establecerá una Comisión Intersecretarial para Prevenir, Combatir y Sancionar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que tendrá por objeto:

I.Definir y coordinar la implementación de una Política de Estado en materia de Trata de Personas y demás objeto previstos en esta Ley;

II.Impulsar y coordinar en toda la República la vinculación interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de esta Ley;

III.Inspección y vigilancia de los programas, acciones y tareas;

IV.Evaluación, rendición de cuentas y transparencia sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias.

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Cómo citar

Artículo 84, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-general-para-prevenir-sancionar-y-erradicar-los-delitos-en-materia-de-trata-de-personas/articulo-84/

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