Artículo 185 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Participación de las personas responsables de las personas adolescentes durante el cumplimiento de las medidas
Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título I. Disposiciones generales · Capítulo I. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
La Autoridad Administrativa podrá conminar a las personas responsables de las personas adolescentes, para que brinden apoyo y asistencia a la persona adolescente durante el cumplimiento de las medidas. Para estos efectos procurará lo necesario para que se cuente con:
I.Programas de capacitación a las personas responsables de las personas adolescentes;
II.Programas de escuelas para personas responsables de las personas adolescentes;
III.Programas de orientación y tratamiento en caso de alcoholismo o drogadicción;
IV.Programas de atención médica;
V.Cursos y programas de orientación, y
VI.Cualquier otro programa o acción que permita a las personas responsables de las personas adolescentes, contribuir a asegurar el desarrollo integral de las personas adolescentes.